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4.0.1 LA LOE: COMENTARIO, ESQUEMA Y TEXTO LEGAL

LA LOE: COMENTARIO, ESQUEMA Y TEXTO LEGAL

La Ley Org�nica de Educaci�n (LOE), de 2006, clarifica el panorama jur�dico al derogar las leyes que constitu�an el marco legislativo b�sico del sistema educativo espa�ol en sus niveles no universitarios: la Ley Org�nica de Ordenaci�n General del Sistema Educativo (LOGSE) de 1990, la Ley Org�nica para la Participaci�n, la Evaluaci�n y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) de 1995, y la Ley Org�nica de Calidad de la Educaci�n (LOCE) de 2002. Igualmente, la LOE modifica algunos aspectos de la Ley Org�nica Reguladora del Derecho a la Educaci�n (LODE) de 1985. Por tanto la LODE y la LOE constituyen el nuevo marco legislativo b�sico del sistema educativo.
La LOE se rige por tres principios fundamentales:
� Necesidad de proporcionar una educaci�n de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos, en todos los niveles del sistema educativo. Se pretende que todos los ciudadanos alcancen el m�ximo desarrollo posible de todas sus capacidades intelectuales, culturales, emocionales y sociales, para lo que necesitan recibir una educaci�n de calidad adaptada a sus necesidades. Al mismo tiempo, se debe garantizar una igualdad efectiva de oportunidades, prestando los apoyos necesarios, tanto al alumnado que lo requiera como a los centros en los que est�n escolarizados. Por lo tanto, se trata de mejorar el nivel educativo de todo el alumnado, conciliando la calidad de la educaci�n con la equidad de su reparto.
� La necesidad de que todos los sectores de la comunidad educativa colaboren para conseguir ese objetivo tan ambicioso. La combinaci�n de calidad y equidad que implica el principio anterior exige ineludiblemente la realizaci�n de un esfuerzo compartido. As� pues, la responsabilidad del �xito escolar no s�lo recae sobre el alumnado individualmente considerado, sino tambi�n sobre sus familias, el profesorado, los centros docentes, las administraciones educativas y, en �ltima instancia, sobre la sociedad en su conjunto, responsable �ltima de la calidad del sistema educativo.
� Compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Uni�n Europea para los pr�ximos a�os.
Asimismo, la LOE establece que el sistema educativo espa�ol se orientar� a la consecuci�n de los siguientes fines:
� El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.
� La educaci�n en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminaci�n de las personas con discapacidad.
� La educaci�n en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democr�ticos de convivencia, as� como en la prevenci�n de conflictos y la resoluci�n pac�fica de los mismos.
� La educaci�n en la responsabilidad individual y en el m�rito y esfuerzo personal.
� La formaci�n para la paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en com�n, la cohesi�n social, la cooperaci�n y solidaridad entre los pueblos, as� como la adquisici�n de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.
� El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, as� como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el esp�ritu emprendedor.
� La formaci�n en el respeto y reconocimiento de la pluralidad ling��stica y cultural de Espa�a y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad.
� La adquisici�n de h�bitos intelectuales y t�cnicas de trabajo, de conocimientos cient�ficos, t�cnicos, human�sticos, hist�ricos y art�sticos, as� como el desarrollo de h�bitos saludables, el ejercicio f�sico y el deporte.
� La capacitaci�n para el ejercicio de actividades
� La capacitaci�n para la comunicaci�n en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o m�s lenguas extranjeras.
� La preparaci�n para el ejercicio de la ciudadan�a y para la participaci�n activa en la vida econ�mica, social y cultural, con actitud cr�tica y responsable y con capacidad de adaptaci�n a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento.

http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2006/07899&txtlen=1000

 

LEY ORG�NICA 2/2006, de 3 de mayo, de EDUCACI�N (LOE)

(BOE N�m. 106, jueves, 4 de mayo de 2006)

 

Pre�mbulo

T�TULO PRELIMINAR

CAP�TULO I - Principios y fines de la educaci�n

Art�culo 1. Principios.
Art�culo 2
. Fines.

CAP�TULO II - La organizaci�n de las ense�anzas y el aprendizaje a lo largo de la vida

Art�culo 3. Las ense�anzas.
Art�culo 4. La ense�anza b�sica.
Art�culo 5
. El aprendizaje a lo largo de la vida.

CAP�TULO III - Curr�culo

Art�culo 6. Curr�culo.

CAP�TULO IV - Cooperaci�n entre Administraciones educativas

Art�culo 7. Concertaci�n de pol�ticas educativas.
Art�culo 8. Cooperaci�n entre Administraciones.
Art�culo 9. Programas de cooperaci�n territorial.
Art�culo 10. Difusi�n de informaci�n.
Art�culo 11
. Oferta y recursos educativos.

T�TULO I - Las Ense�anzas y su Ordenaci�n

CAP�TULO I - Educaci�n infantil

Art�culo 12. Principios generales.
Art�culo 13. Objetivos.
Art�culo 14. Ordenaci�n y principios pedag�gicos.
Art�culo 15. Oferta de plazas y gratuidad.

CAP�TULO II - Educaci�n primaria

Art�culo 16. Principios generales.
Art�culo 17. Objetivos de la educaci�n primaria.
Art�culo 18. Organizaci�n.
Art�culo 19. Principios pedag�gicos.
Art�culo 20. Evaluaci�n.
Art�culo 21
. Evaluaci�n de diagn�stico.

CAP�TULO III - Educaci�n secundaria obligatoria

Art�culo 22. Principios generales.
Art�culo 23. Objetivos.
Art�culo 24. Organizaci�n de los cursos primero, segundo y tercero.
Art�culo 25. Organizaci�n del cuarto curso.
Art�culo 26. Principios pedag�gicos.
Art�culo 27. Programas de diversificaci�n curricular.
Art�culo 28. Evaluaci�n y promoci�n.
Art�culo 29. Evaluaci�n de diagn�stico.
Art�culo 30. Programas de cualificaci�n profesional inicial.
Art�culo 31. T�tulo de Graduado en Educaci�n Secundaria Obligatoria.

CAP�TULO IV - Bachillerato

Art�culo 32. Principios generales.
Art�culo 33. Objetivos.
Art�culo 34. Organizaci�n.
Art�culo 35. Principios pedag�gicos.
Art�culo 36. Evaluaci�n y promoci�n.
Art�culo 37. T�tulo de Bachiller.
Art�culo 38. Prueba de acceso a la universidad.

CAP�TULO V - Formaci�n profesional

Art�culo 39. Principios generales.
Art�culo 40. Objetivos.
Art�culo 41. Condiciones de acceso.
Art�culo 42. Contenido y organizaci�n de la oferta.
Art�culo 43. Evaluaci�n.
Art�culo 44. T�tulos y convalidaciones.

CAP�TULO VI - Ense�anzas art�sticas

Art�culo 45. Principios.
Art�culo 46. Ordenaci�n de las ense�anzas.
Art�culo 47. Correspondencia con otras ense�anzas.


Secci�n primera. Ense�anzas elementales y profesionales de m�sica y de danza

Art�culo 48. Organizaci�n.
Art�culo 49. Acceso.
Art�culo 50. Titulaciones.

Secci�n segunda. Ense�anzas profesionales de artes pl�sticas y dise�o

Art�culo 51. Organizaci�n.
Art�culo 52. Requisitos de acceso.
Art�culo 53. Titulaciones.


Secci�n tercera. Ense�anzas art�sticas superiores

Art�culo 54. Estudios superiores de m�sica y de danza.
Art�culo 55. Ense�anzas de arte dram�tico.
Art�culo 56. Ense�anzas de conservaci�n y restauraci�n de bienes culturales.
Art�culo 57. Estudios superiores de artes pl�sticas y dise�o.
Art�culo 58. Organizaci�n de las ense�anzas art�sticas superiores.

CAP�TULO VII - Ense�anzas de idiomas

Art�culo 59. Organizaci�n.
Art�culo 60. Escuelas oficiales de idiomas.
Art�culo 61. Certificados.
Art�culo 62. Correspondencia con otras ense�anzas.

CAP�TULO VIII - Ense�anzas deportivas

Art�culo 63. Principios generales.
Art�culo 64. Organizaci�n.
Art�culo 65. Titulaciones y convalidaciones.

CAP�TULO IX - Educaci�n de personas adultas

Art�culo 66. Objetivos y principios.
Art�culo 67. Organizaci�n.
Art�culo 68. Ense�anza b�sica.
Art�culo 69. Ense�anzas postobligatorias.
Art�culo 70
. Centros.

T�TULO II - Equidad en la Educaci�n

CAP�TULO I - Alumnado con necesidad espec�fica de apoyo educativo

Art�culo 71. Principios.
Art�culo 72
. Recursos.

Secci�n primera. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales

Art�culo 73. �mbito.
Art�culo 74. Escolarizaci�n.
Art�culo 75. Integraci�n social y laboral.

Secci�n segunda. Alumnado con altas capacidades intelectuales

Art�culo 76. �mbito.
Art�culo 77. Escolarizaci�n.

Secci�n tercera. Alumnos con integraci�n tard�a en el sistema educativo espa�ol

Art�culo 78. Escolarizaci�n.
Art�culo 79. Programas espec�ficos.

CAP�TULO II - Compensaci�n de las desigualdades en educaci�n

Art�culo 80. Principios.
Art�culo 81. Escolarizaci�n.
Art�culo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural.
Art�culo 83. Becas y ayudas al estudio.

CAP�TULO III - Escolarizaci�n en centros p�blicos y privados concertados

Art�culo 84. Admisi�n de alumnos.
Art�culo 85. Condiciones espec�ficas de admisi�n de alumnos en etapas postobligatorias.
Art�culo 86. Igualdad en la aplicaci�n de las normas de admisi�n.
Art�culo 87. Equilibrio en la admisi�n de alumnos.
Art�culo 88. Garant�as de gratuidad.

CAP�TULO IV - Premios, concursos y reconocimientos

Art�culo 89. Premios y concursos.
Art�culo 90. Reconocimientos.

T�TULO III - Profesorado

CAP�TULO I - Funciones del profesorado

Art�culo 91. Funciones del profesorado.

CAP�TULO II - Profesorado de las distintas ense�anzas

Art�culo 92. Profesorado de educaci�n infantil.
Art�culo 93. Profesorado de educaci�n primaria.
Art�culo 94. Profesorado de educaci�n secundaria obligatoria y de bachillerato.
Art�culo 95. Profesorado de formaci�n profesional.
Art�culo 96. Profesorado de ense�anzas art�sticas.
Art�culo 97. Profesorado de ense�anzas de idiomas.
Art�culo 98. Profesorado de ense�anzas deportivas.
Art�culo 99
. Profesorado de educaci�n de personas adultas.

CAP�TULO III - Formaci�n del profesorado

Art�culo 100. Formaci�n inicial.
Art�culo 101. Incorporaci�n a la docencia en centros p�blicos.
Art�culo 102. Formaci�n permanente.
Art�culo 103. Formaci�n permanente del profesorado de centros p�blicos.

CAP�TULO IV - Reconocimiento, apoyo y valoraci�n del profesorado

Art�culo 104. Reconocimiento y apoyo al profesorado.
Art�culo 105. Medidas para el profesorado de centros p�blicos.
Art�culo 106. Evaluaci�n de la funci�n p�blica docente.

T�TULO IV - Centros docentes

CAP�TULO I  - Principios generales

Art�culo 107. R�gimen jur�dico.
Art�culo 108. Clasificaci�n de los centros.
Art�culo 109. Programaci�n de la red de centros.
Art�culo 110. Accesibilidad.

CAP�TULO II - Centros p�blicos

Art�culo 111. Denominaci�n de los centros p�blicos.
Art�culo 112. Medios materiales y humanos.
Art�culo 113. Bibliotecas escolares.

CAP�TULO III - Centros privados

Art�culo 114. Denominaci�n.
Art�culo 115. Car�cter propio de los centros privados.

CAP�TULO IV - Centros privados concertados

Art�culo 116. Conciertos.
Art�culo 117. M�dulos de concierto.

T�TULO V - Participaci�n, autonom�a y gobierno de los centros

CAP�TULO I - Participaci�n en el funcionamiento y el gobierno de los centros

Art�culo 118. Principios generales.
Art�culo 119. Participaci�n en el funcionamiento y el gobierno de los centros p�blicos y privados concertados.

CAP�TULO II - Autonom�a de los centros

Art�culo 120. Disposiciones generales.
Art�culo 121. Proyecto educativo.
Art�culo 122. Recursos.
Art�culo 123. Proyecto de gesti�n de los centros p�blicos.
Art�culo 124. Normas de organizaci�n y funcionamiento.
Art�culo 125. Programaci�n general anual.

CAP�TULO III - �rganos colegiados de gobierno y de coordinaci�n docente de los centros p�blicos

Secci�n primera. Consejo Escolar

Art�culo 126. Composici�n del Consejo Escolar.
Art�culo 127. Competencias del Consejo Escolar.

Secci�n segunda. Claustro de profesores

Art�culo 128. Composici�n.
Art�culo 129. Competencias.

Secci�n tercera. Otros �rganos de coordinaci�n docente

Art�culo 130. �rganos de coordinaci�n docente.

CAP�TULO IV - Direcci�n de los centros p�blicos

Art�culo 131. El equipo directivo.
Art�culo 132. Competencias del director.
Art�culo 133. Selecci�n del director.
Art�culo 134. Requisitos para ser candidato a director.
Art�culo 135. Procedimiento de selecci�n.
Art�culo 136. Nombramiento.
Art�culo 137. Nombramiento con car�cter extraordinario.
Art�culo 138. Cese del director.
Art�culo 139. Reconocimiento de la funci�n directiva.

T�TULO VI - Evaluaci�n del sistema educativo

Art�culo 140. Finalidad de la evaluaci�n.
Art�culo 141. �mbito de la evaluaci�n.
Art�culo 142. Organismos responsables de la evaluaci�n.
Art�culo 143. Evaluaci�n general del sistema educativo.
Art�culo 144. Evaluaciones generales de diagn�stico.
Art�culo 145. Evaluaci�n de los centros.
Art�culo 146. Evaluaci�n de la funci�n directiva.
Art�culo 147. Difusi�n del resultado de las evaluaciones.

T�TULO VII - Inspecci�n del sistema educativo

Art�culo 148. Inspecci�n del sistema educativo.

CAP�TULO I - Alta Inspecci�n

Art�culo 149. �mbito.
Art�culo 150. Competencias.

CAP�TULO II - Inspecci�n educativa

Art�culo 151. Funciones de la inspecci�n educativa.
Art�culo 152. Inspectores de Educaci�n.
Art�culo 153. Atribuciones de los inspectores.
Art�culo 154. Organizaci�n de la inspecci�n educativa.

T�TULO VIII - Recursos econ�micos

Art�culo 155. Recursos para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley.
Art�culo 156. Informe anual sobre el gasto p�blico en la educaci�n.
Art�culo 157
. Recursos para la mejora de los aprendizajes y apoyo al profesorado.

Disposiciones adicionales

Disposici�n adicional primera. Calendario de aplicaci�n de la Ley.
Disposici�n adicional segunda. Ense�anza de la religi�n.
Disposici�n adicional tercera. Profesorado de religi�n.
Disposici�n adicional cuarta. Libros de texto y dem�s materiales curriculares.
Disposici�n adicional quinta. Calendario escolar.
Disposici�n adicional sexta. Bases del r�gimen estatutario de la funci�n p�blica docente.
Disposici�n adicional s�ptima. Ordenaci�n de la funci�n p�blica docente y funciones de los cuerpos docentes.
Disposici�n adicional octava. Cuerpos de catedr�ticos.
Disposici�n adicional novena. Requisitos para el ingreso en los cuerpos de funcionarios docentes.
Disposici�n adicional d�cima. Requisitos para el acceso a los cuerpos de catedr�ticos e inspectores.
Disposici�n adicional und�cima. Equivalencia de titulaciones del profesorado.
Disposici�n adicional duod�cima. Ingreso y promoci�n interna.
Disposici�n adicional decimotercera. Desempe�o de la funci�n inspectora por funcionarios no pertenecientes al cuerpo de inspectores de educaci�n.
Disposici�n adicional decimocuarta. Centros autorizados para impartir la modalidad de ciencias de la naturaleza y de la salud y la modalidad de tecnolog�a en bachillerato.
Disposici�n adicional decimoquinta. Municipios, corporaciones o entidades locales.
Disposici�n adicional decimosexta. Denominaci�n de las etapas educativas.
Disposici�n adicional decimos�ptima. Claustro de profesores de los centros privados concertados.
Disposici�n adicional decimoctava. Procedimiento de consulta a las Comunidades Aut�nomas.
Disposici�n adicional decimonovena. Alumnado extranjero.
Disposici�n adicional vig�sima. Atenci�n a las v�ctimas del terrorismo.
Disposici�n adicional vigesimoprimera. Cambios de centro derivados de actos de violencia.
Disposici�n adicional vigesimosegunda. Transformaci�n de ense�anzas.
Disposici�n adicional vigesimotercera. Datos personales de los alumnos.
Disposici�n adicional vigesimocuarta. Incorporaci�n de cr�ditos en los Presupuestos Generales del Estado para la gratuidad del segundo ciclo de educaci�n infantil.
Disposici�n adicional vigesimoquinta. Fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Disposici�n adicional vigesimosexta. Denominaci�n espec�fica para el Consejo Escolar de los centros educativos.
Disposici�n adicional vigesimos�ptima. Revisi�n de los m�dulos de conciertos.
Disposici�n adicional vigesimoctava. Convenios con centros que impartan ciclos de formaci�n profesional.
Disposici�n adicional vigesimonovena. Fijaci�n del importe de los m�dulos.
Disposici�n adicional trig�sima. Integraci�n de centros en la red de centros de titularidad p�blica.
Disposici�n adicional trigesimoprimera. Vigencias de titulaciones.
Disposici�n adicional trigesimosegunda. Nuevas titulaciones de formaci�n profesional.

Disposiciones transitorias

Disposici�n transitoria primera. Maestros adscritos a los cursos primero y segundo de la educaci�n secundaria obligatoria.
Disposici�n transitoria segunda. Jubilaci�n voluntaria anticipada.
Disposici�n transitoria tercera. Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes.
Disposici�n transitoria cuarta. Profesores t�cnicos de formaci�n profesional en bachillerato.
Disposici�n transitoria quinta. Personal laboral fijo de centros dependientes de Administraciones no auton�micas.
Disposici�n transitoria sexta. Duraci�n del mandato de los �rganos de gobierno.
Disposici�n transitoria s�ptima. Ejercicio de la direcci�n en los centros docentes p�blicos.
Disposici�n transitoria octava. Formaci�n pedag�gica y did�ctica.
Disposici�n transitoria novena. Adaptaci�n de los centros.
Disposici�n transitoria d�cima. Modificaci�n de los conciertos.
Disposici�n transitoria und�cima. Aplicaci�n de las normas reglamentarias.
Disposici�n transitoria duod�cima. Acceso a las ense�anzas de idiomas a menores de diecis�is a�os.
Disposici�n transitoria decimotercera. Maestros especialistas.
Disposici�n transitoria decimocuarta. Cambios de titulaci�n.
Disposici�n transitoria decimoquinta. Maestros con plaza en los servicios de orientaci�n o de asesoramiento psicopedag�gico.
Disposici�n transitoria decimosexta. Prioridad de conciertos en el segundo ciclo de educaci�n infantil.
Disposici�n transitoria decimos�ptima. Acceso a la funci�n p�blica docente.
Disposici�n transitoria decimoctava. Adaptaci�n de normativa sobre conciertos.
Disposici�n transitoria decimonovena. Procedimiento de admisi�n de alumnos.

Disposici�n derogatoria �nica

Disposiciones finales

Disposici�n final primera. Modificaci�n de la Ley Org�nica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educaci�n.
Disposici�n final segunda. Modificaci�n de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Funci�n P�blica.
Disposici�n final tercera. Ense�anzas m�nimas.
Disposici�n final cuarta. Autonom�a de gesti�n econ�mica de los centros docentes p�blicos no universitarios.
Disposici�n final quinta. T�tulo competencial.
Disposici�n final sexta. Desarrollo de la presente Ley.
Disposici�n final s�ptima. Car�cter de Ley Org�nica de la presente Ley.
Disposici�n final octava. Entrada en vigor.